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miércoles, 1 de febrero de 2012

¿Todos los perros atados?

Dog Walker
A raíz de un suceso ocurrido el sábado 28 en Madrid, en el que un hombre apuñalaba a otro, me llamaron ayer de Telemadrid. Resulta que el motivo de la pelea es que la víctima llevaba a sus dos perros sueltos. Aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, los reporteros de Madrid Directo decidieron hacer un pequeño "especial perros peligrosos" y me llamaron para tener una "opinión de experto".

Teniendo en cuenta la publicidad gratuita que puede dar eso, decidí liarme la manta a la cabeza, colocar al Pollito con sus abus, y bajarme al Retiro para que me hicieran la entrevista. Improvisación aparte, me cabrea que toquen el tema tan descuidadamente, de una forma atropellada y bastante a "salto de mata". Pero bueno, por lo menos hablaron de tenencia responsable de animales y de "psicólogos de perros", que es de agradecer. Eso sí, ni siquiera me pusieron cartelito con nombre, datos personales o página web, que es el mínimo de cortesía, vamos. Que la gasolina hasta Madrid salió de mi bolsillo, y mi tiempo también, podían haberme presentado como es debido, por lo menos...

En fin, eso me pasa por lo que me pasa.

Aprovechando el inciso éste, y ríos por capitales de provincia, y que me he tenido que empollar la normativa, entramos en el tema "perros sueltos". ¿Tienen que ir siempre los perros atados, o no?
Me voy a centrar en la Comunidad de Madrid, porque es la mía, y la que me sé. En el resto de España, cada Comunidad tiene sus propias leyes en esta materia, así que animo a buscarla y aprendérsela.


La Comunidad de Madrid regula sólo la tenencia de "perros potencialmente peligrosos" (R.D. 287/ 2002), e indica que los perros de estas razas "potencialmente peligrosas" deben ir siempre atados con una cuerda de menos de 2 metros, y con bozal. No sólo eso, sino que en caso de tenerlos en una finca o jardín, los perros de estas razas deben permanecer encerrados en un recinto del que no puedan escapar (véase, jaula) o permanecer atados. Olé, cadena perpetua xenofóbica.


Las razas mencionadas en el Real decreto son:
a) Pit Bull Terrier.
b) Staffordshire Bull Terrier.
c) American Staffordshire Terrier.
d) Rottweiler.
e) Dogo Argentino.
f) Fila brasileiro.
g) Tosa Inu.
h) Akita Inu.
¿Por qué estas razas y no otras?
?????
Ningún conocimiento científico ni estadístico apoya esta lista. Es una lista política, para meter a los "perros de presa", políticamente correcta (no se metió a ninguna raza española, como el Alano o el Presa Canario, por ejemplo), diseñada para "calmar ánimos" y nada más. Según las estadísticas los perros que muerden más son los Pastores Alemanes y los Chow-Chow, por lo menos en EEUU (aquí no hay estadísticas, que yo sepa).
Aparte de estas razas, y sus cruces (cuando se conozcan), pueden incluirse los perros de más de 20kg o que cumplan una serie de condiciones:

a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
b) Marcado carácter y gran valor.
c) Pelo corto.
d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70
centímetros y peso superior a 20 kg.
e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y
abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
f) Cuello ancho, musculoso y corto.
g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
h) Extremidades anteriores paralela, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas,
con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

¿¿¿Pelo corto??? Los perros de pelo largo no son peligrosos, claro. (Expresión sarcástica). ¿¿Patas paralelas??? ¿¿¿Configuración atlética???
Me encanta el punto "marcado carácter y gran valor". Vamos, que si tu perro tiene agresividad por miedo, pues no es peligroso. En fin... leyes...

También entran en la ley los perros que hayan atacado a otros perros o a personas. Algo de sentido común consiguió penetrar...

Todos estos perros, además, deberán estar registrados en la Comunidad de Madrid, en un Registro especial (creado este año, por cierto, 9 años después). Los dueños deben pasar tests psicotécnicos, no tener antecedentes penales, y ser mayores de edad. Y tener un seguro de responsabilidad civil. Y sólo los dueños pueden pasearlos. ¿Alguien se sorprende de que nadie cumpla las normas?

Bueno, el resto de perros "no potencialmente peligrosos" hay que conducirlos según la  normativa local. Vamos, del ayuntamiento. Cada ayuntamiento puede legislar este punto, y decidir si puedes llevar a tu perro en algún momento suelto, o no.


En Madrid Capital, según la Ordenanza vigente, tienes que llevar a los perros atados por la calle. En parques y jardines, se pueden soltar en zonas especiales habilitadas para ello. Por cierto, la zona del Retiro está la mar de bien. Fuera de estos recintos, pueden soltarse de 20h a 7h en invierno y de 22h a 7h en verano. Siempre que permanezcan a la vista de su dueño, a una distancia a la que se puedan controlar.

¿Y en el campo?
Pues no está nada claro. Según la ley de caza estatal (Decreto 506/1971) si van sueltos y fuera de control del dueño, os pueden multar por ir "cazando".
Edito: fuera de control significa a más de 50m en terreno con libre visión, o a más de 15m en terreno con vegetación que impida la vista. A no ser que sea un perro de pastor o guarda de ganado. También depende de si es un terreno privado, coto de caza, parque, terreno protegido... Fácil, vamos. Muy triste este país, la verdad. Con lo de las playas ni me meto, lo dejo para otro día.

Os dejo el vídeo, yo salgo unos minutos, a partir del minuto 18 (9 editado) o así.



También es verdad que si la gran mayoría de los perros estuvieran bien educados, no harían falta leyes tan restrictivas. Con socialización y adiestramiento básico, se podrían soltar a los perros en muchos más sitios, sin que molestaran tanto que "obligaran" a sacar estas leyes para "calmar" a la población. Pero por cierto, si por llevar los perros sueltos te arrean tres navajazos... Al que hay que atar es al dueño de la navaja.

Teresa Marías www.psicologiaveterinaria.es